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miércoles, 21 de abril de 2010

RESPONDE LA SIGUIENTE PREGUNTA.



¿Según las normas legales vigentes como se debe liquidar e indemnizar a una mujer en estado de embarazo cuando es despedida sin causa justificada?

¿Qué ley ampara a las mujeres en estado de embarazo? Haga una breve descripción de su contenido.

19 comentarios:

liliana gomez barrientos dijo...

1. Cuando una mujer es despedida en estado de embarazo, tiene derecho a una indemnizaciòn de 60 días,fuera de las prestaciones que se deben liquidar,además al pago de las 12 semanas de descanzo remunerado si no lo ha tomado.


2.la ampara la ley 50 de 1990, en los artìculos 33,34,35, en donde dice que ninguna trabajadora por su estado de embarazo puede ser despedida y tiene derecho a 12 semanas de licencia remunerados sobre el salari devengado.

LILIANA GOMEZ.

Yolanda Chavez dijo...

1.Sí una mujer en estado de embarazo es despedida sin justificación tiene derecho a una indemnización de 60 días remunerados, también a 12 semanas de descanso si no los ha tomado y estos deben ser remunerados.

2.A toda mujer embarazada la ampara la ley 50 de 1990, en los artículos del 33 al 35, en donde se contempla los derechos que ellas tienen.

Después del parto tienen derecho a 12 semanas de licencia remunerada y a un tiempo de lactancia; para que tenga derecho a todo esto debe presentar los documentos autorizados por el médico a su empleador.

YOLANDA CHÁVEZ.

claudia sanchez dijo...

CUANDO UNA MUJER ESTA EN ESTADO DE EMBARAZO Y ES DESPEDIDA SIN JUSTA CAUSA, TIENE DERECHO AL PAGO DE UNA INDEMNIZACION, EQUIVALENTE A LOS SALARIOS DE 60 DIAS Y TODASS LAS PRESTACIONES, DE ACUERDO AL CONTRATO DE TRABAJO.


LA LEY 50/90. NINGUNA EMPLEADA DEBE SER DESPEDIDA EN ESTADO DE EMBARAZO, ESTA TIENE DERECHO A UNA LICENCIA DE 12 SEMANAS EN LA ETAPA DEL PARTO,REMUNERADA CON EL SALARIO QUE DEVENGUE. PARA PODER GOZAR DE DICHOS BENEFICIOS DE BE PRESENTAR UN CERTIFICADO DE EMBARAZO Y FECHA PROBABLE DEL PARTO.

monica cardenas dijo...

El despido será efectuado por motivo de embarazo o lactancia, cuando ha tenido lugar dentro del periodo de embarazo o dentro de los tres meses posteriores al parto.
Cuando una mujer embarazada es despedida sin justa causa tiene derecho al pago de una indemnización, equivalente a los salarios de 60 días y todas sus prestaciones de acuerdo al contrato, sino ha tomado el descanso remunerado de 12 semanas deben pagárselo.


La ley 50/90.

Ninguna trabajadora debe ser despedida en estado de embarazo. Tiene derecho a una licencia de 12 semanas en la época del parto. Remunerada con el salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso.Cuqando el salario no es fijo se toma en cuenta el salario promedio devengado por ella en el último año.
Para la trabqajadora embarazada disfrutar de estos beneficios debe presentar un certificado de embarazo, fecha probable del parto,y la indicación del primer día desde el cual debe empezar la licencia.

lascesantiasyomix dijo...

segùn la ley 50, ninguna mujer embarazada puede ser despedida,ya que ella tiene derecho a 12 semanas de licencia en el parto.

si es despedida sin justa tendrà una indemnizaciòn de 60 dìas y a todas las demàs prestaciones a las que tiene derecho.

a toda mujer embarazada la ampara la ley 50 de 1990, allì se estipulan todos sus derechos.

lascesantiasyomix dijo...

yomaira porras

eliana galvis dijo...

La ley 50/90 ampara a las mujeres embarazadas.
Si una mujer es despedida en estado de embarazo sin causa justificada por ley tiene derecho a una indemnizacion de 60 dias remunerados, y todas las prestaciones a las cuales tenga derecho,tambien deben darle 12 semanas remuneradas despues del parto.
ELIANA GALVIS ACEVEDO

jplopezpretcionesmala.blogspot.com dijo...

juan lopez
se debe tratar a las embarazadas según la ley 50 que nos dice que su estado no es una causa justificada de despido., si esto ocurrre ella tiene todo el derecho a las prestaciones, sus doce semanas remuneradas despus del parto, y debe ser remplazada por el tiempo de ausencia mientras toma de nuevo su cargo actual.

Para gosar de estos beneficios necesita ,demostrar su estado con una prueva o certificado de su estado actual de embarazo.

milena dijo...

CUANDO UNA MUJER ES DESPEDIDA EN ESTADO DE EMBARAZO TIENE DERECHO A UNA INDEMNIZACION DE 60 DÍAS,FUERA DE LAS PRESTACIONES SOCIALES QUE TIENE DERECHO;ADEMAS AL PAGO DE 12 SEMANAS DE DESCANZO REMUNERADO.

LA AMPARA LA LEY 50/90 EN LOS ARTICULOS 33 AL 35.

leidy parra dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
mazo dijo...

Cuando una mujer es despedia en estado de embarazo sin justa causa tiene derecho a una indemnizaciòn de 60 dìas, las prestaciones sociales pactadas en el contrato y al pago de 12 semanas de descanso remunerado, si no lo ha tomado.

A la mujer embarazada la protege la ley 50 de 1.990 en los articulos 33, 34 y 35

CLAUDIA MAZO GIRALDO

leidy parra dijo...

1.Una mujer en estado de embarazo es despedida sin justificación tiene derecho al pago de una indemnización equivalente a los salarios de sesenta (60) días, fuera de las indemnizaciones y prestaciones a que hubiera lugar de acuerdo con el contrato de trabajo y, además, al pago de las doce (12) semanas de descanso remunerado, si no lo ha tomado.

Ninguna trabajadora puede ser despedida por motivo de embarazo o lactancia.

2.La ley 50/90 ampara a las mujeres embarazadas.

Miryam dijo...

Cuando una mujer en embarazo es despedida sin causa justificada, tiene derecho a que se le indemnice por 60 dìas, a que se le paguen sus prestaciones sociales y se le paguen 12 semanas de descanso remunerado.

La ley 50 de 1990 en sus articulos 33, 34 y 35 protege a la mujer embarazada.

MIRYAM OSORIO GIRALDO

MARICELA dijo...

CUANDO UNA MUJER EMBARAZADA ES DESPEDIDA SIN LA DEBIDA AUTORIZACION DE LA AUTORIDAD COMPETENTE DEBE SER INDEMNIZADA A LOS SALARIOS DE 60 DIAS, FUERA DE LAS INDEMNIZACIONES A QUE TIENE DERECHO DE ACUERDO AL CONTRATO DE TRABAJO Y POR SI FUERA POCO DEBE PAGARSELE LAS 12 SEMANAS DE DESCANSO REMUNERADO DE QUE TRATA EL CODIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO, SI AUN NO LO HA TOMADO.
ASI QUE SEÑOR EMPLEADOR PIENSELO BIEN ANTES DE DESPEDIR UNA TRABAJADORA POR MOTIVO DE EMBARAZO O LACTANCIA.

ESTEBAN dijo...

La indemnización equivalente a los salarios de sesenta (60) días, fuera de las indemnizaciones y prestaciones a que hubiera lugar de acuerdo con el contrato de trabajo y, además, al pago de las doce (12) semanas de descanso remunerado con y una liquidación respectiva al tiempo laborado.

La ley 50, en sus artículos 33, 34, 35; mostrándonos la protección que le ofrece el estado a la mujer en condición de embarazo, brindándole la oportunidad de compartir los momentos mas importantes y de mayor dependencia que tienen la madre de su hijo y el hijo de su madre, consolidado la familia como núcleo de la sociedad.

juan Esteban Hincapié Gaviria

MARICELA dijo...

habia olvidado escribir la ley que ampara a las mujeres en estado de embarazo.
pues bien, el codigo sustantivo del trabajo es quien reglamenta todo lo relacionado con licencias, incapacidades entre otros.
pero llega la ley 50 de 1990 en sus articulos 33, 34 y 35 modificando algunos articulos del codigo sustantivo del trabajo, donde reglamenta que la mujer embarazada tiene derecho a 12 semanas de descanso remuneradas, y para efectos de la licencia debe indicarse la fecha probable del parto para salir 2 semanas antes del parto para empezar a disfrutar de esta.
DIANA.

SºFy dijo...

SEGIN LA LEY 50 DE 1990 ES LA QUE AMPARA A LAS MUJERES EN ESTADO DE EMBARAZO, YA QUE ESTA NOS DICE QUE NINGUNA DE ELLAS DEBE SER DESPEDIDA SIN JUSTIFICACION POR DICHA CAUSA Y DEBE SER INDEMNIZADA A LOS SALARIOS DE 60 DIAS, FUERA DE LAS INDEMNIZACIONES A QUE TIENE DERECHO DE ACUERDO AL CONTRATO DE TRABAJO Y DEBE PAGARSELE LAS 12 SEMANAS DE DESCANSO REMUNERADO.

paulina dijo...

tiene derecho al pago de una imdemnizacion equivalente a los salarios de sesenta dias fuera de las indemnizaciones y prestaciones a que hubiere lugar de acuerdo con el contrato de trabajo y ademas el pago de las doce semanas de descanso remunerado.
la ley 50 de 1990 en sus articulos 33,34y 35 protege a la mujer embarazada.
PAOLA ANDREA GARCIA

Olayo dijo...

Sobre la protección laboral de la mujer embarazada encontramos en el CST en los artículos 236, 237, 238, 239, 240 y 241,y en la Ley 50 de 1990, artículos 33,34 y 35, lo que tiene que ver con el asunto.
Las mujeres no pueden ser despedidas durante el período de gestación ni durante los tres meses subsiguientes al parto; igualmente, tienen derecho a una licencia de maternidad de 12 semanas; durante los seis primeros meses de edad del neonato,la madre goza de 2 períodos de 30 minutos en cada jornada para amamantar a su hijo.
En caso de ser despedida sin justa causa, además de la liqidación de las prestaciones sociales y de la indemnización a que tiene derecho, también goza de una indemnización equivalente a 60 días de salario.
Como vemos, la mujer embarazada está protegida por las leyes colombianas; aunque se habla sobre una indemnización adicional si la mujer es despedida en este estado, no contempla otras sanciones para la empresa que lo haga.
También tengo la duda respecto a si la mujer embarazada es quien renuncia, en este caso debe pagarle la indemnización al empleador como lo dice la ley (30 días) o no?

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